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miércoles, 28 de mayo de 2014

¿Y ahora que?

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Con esta frase de la calle se resume la profunda incertidumbre en que los ciudadanos tratan de encontrar una explicación ante otra incertidumbre, ¿Qué hacer?
Llena de interrogantes esta la decisión que unos y otros esperamos tomar este 15 de junio, y para  ser honestos no es solo en la base de los ciudadanos donde existe la complejidad para tomar una decisión también en las jerarquías   políticas,  existe una aparente dualidad entre el  presente y futuro de una decisión. El debate frente a lo que debamos hacer,debería ser consultada a un oráculo, a una deidad superior a la voluntad  humana, pero desgraciadamente somos nosotros los que debemos decidir, y asumir los costos, es allí donde está el mayor de los conflictos y riesgos cómo y por qué decidir sobre X o Y alternativa.

No decidir es también es otra opción, Z (abstenerse, voto en blanco, destruir el tarjetón etc)  una  postura que implica también asumir riesgos ¿es correcto no decidir por X o Y? esta decisión  política también tiene consecuencias, no tomar postura en el momento en que todo mundo lo está haciendo por una de las dos opciones,  esta tercera opción Z que es salirse del juego montado, tiene que estar muy bien sustentada, ¿Por qué no decidir por X o Y?.

Con el propósito de resolver el interrogante ¿Qué hacer?, frente a los comicios electorales del 15 de junio  en el momento de tres  opciones para decidir libremente, para que los colombianos y en particular los Boyacenses decidamos por el gobierno futuro de la Nación, estaremos reuniéndonos en la sede El Debate, en un encuentro abierto en la búsqueda de una decisión ante la inexistencia del  oráculo, que nos  ayude a resolver la incertidumbre. La  opción de encontrarnos para decidir dentro de la democracia y reglas de juego autónomas, es un ejercicio  de construcción Colectiva para  decidir, construir, planear y  compartir responsabilidades  y  comprender el porqué de nuestras decisiones.       
Jueves 29 de mayo, Sede El Debate, 5 pm Carrera 10 No 20 -35, Invitados e invitadas   

martes, 27 de mayo de 2014

El debate juridico. Biblioteca y humedal en Tunja


Señor
JUEZ NOVENO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE TUNJA
E. S. D.

Ref.: Acción Popular 2011-0021
          Demandante: Pedro Pablo Salas Hernández
          Demandado: Municipio de Tunja y otros

Pedro Pablo Salas Hernández y Lelian Stael Bareño Amézquita, mayores de edad, domiciliados y residentes en el municipio de Tunja, identificados como aparece al pie de nuestra correspondiente firma, actuando como actor popular y coadyuvante respectivamente dentro del proceso de la referencia, conforme a lo dispuesto por su despacho en diligencia de pacto de cumplimiento y con la intención de proponer a consideración de las partes procesales una formula de pacto, lo anterior sin desconocer los derechos colectivos enunciados y en cambio con el fin de atenderlos y cesar su posible vulneración, allegamos formula de pacto de cumplimento con el fin de que el mismo sea puesto en conocimiento de todas las partes y que se pronuncien sobre el mismo, cabe decir que esta formula esta sujeta a discusiones y a modificaciones de ser necesarias.

La mencionada formula de pacto de cumplimiento se presentara desglosada en propuestas que busquen la protección de cada derecho colectivo enunciado en el proceso, con su correspondiente sustentación y la formula propuesta, lo anterior con el fin de tener mayor claridad y de que se pueda considerar y discutir de mejor forma.

FORMULA DE PACTO DE CUMPLIMIENTO

1.    Derecho colectivo vulnerado: El goce de un ambiente sano, de conformidad con lo establecido en la Constitución, la ley y las disposiciones reglamentarias y La existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. La conservación de las especies animales y vegetales, la protección de áreas de especial importancia ecológica, de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas, así como los demás intereses de la comunidad relacionados con la preservación y restauración del medio ambiente.

Sustentación: En primer lugar, como se manifestó en la diligencia efectuada, creemos que CORPOBOYACA mas que una entidad accionada es un ente vigilante, por ello creemos que la labor que se ha realizado de parte de esta entidad en la elaboración de los 25 puntos técnicos que se deben cumplir en la ejecución contractual para preservar el humedal, se dio cumplimiento efectivo al primero de ellos, razón por la cual se levanta la medida cautelar, el cumplimiento de los otros 24 puntos se adelantar, como lo afirma el contratista en informe allegado al proceso, durante la ejecución de la obra, razón por la cual se hace necesaria la vigilancia sobre el mismo.

Es claro que dicha vigilancia debe ser ejercida por CORPOBOYACA como entidad encargada de vigilar el tema ambiental, como autora de los 25 puntos técnicos a tener en cuenta y bajo la necesidad de que la vigilancia sea lo mas técnica y precisa posible. El municipio de Tunja  y el contratista, como ejecutores del contrato deben tener asiento a fin de que se busque con eso que muestren el cumplimiento de los parámetros legales. Todo lo anterior debe tener un control de parte del juez que conoce del proceso para que revise su legalidad, el verdadero cumplimiento del fallo y la protección de los derechos colectivos involucrados, sin embargo la obra no puede detenerse y sujetarse a esto sino que debe generarse la posibilidad de que la misma avance sin dilación mayor ni innecesaria.

Efectivamente, como lo aseguro la representante del Ministerio Publico en la audiencia de pacto de cumplimiento, los puntos dictados, no acordados, por CORPOBOYACA como lineamientos para la ejecución del contrato de obra 424 de 2010, ya se encuentran incorporados a los diseños y al contrato como tal, de ello la prueba es el acuerdo realizado por el municipio y por el contratista, sin embargo debe señalarse una formula que permita la vigilancia y ejecución de los mismos, lo anterior a que creemos que el derecho al medio ambiente debe ser protegido de forma estricta, el agua es un elemento esencial en la existencia humana, en la vida de una comunidad, la protección de todo lo relacionado con ese precioso liquido debe ser prioridad en el actuar del Estado.

Creemos que es menester en el presente proceso la creación de un comité que verifique específicamente el cumplimiento de los 25 puntos propuestos por CORPOBOYACA para la preservación del humedal y que se adelante realmente esa combinación entre la obra y el respeto por el medio ambiente.

Propuesta: Se propone como formula de pacto de cumplimiento para este punto lo siguiente: Conformar un comité para la verificación de la inclusión de los 25 puntos propuestos por CORPOBOYACA para la ejecución del contrato de obra 424 de 2010, dicho comité debería estar conformado por un representante de CORPOBOYACA, que sea técnico y tenga conocimientos en los aspectos relacionados en los 25 puntos, el secretario de infraestructura del municipio de Tunja o su delegado para que, como parte técnica del municipio de Tunja, exponga los avances y las inclusiones en el proyecto de las disposiciones expuestas por CORPOBOYACA, un representante del contratista, con el fin de que informe el avance la obra y explique igualmente la inclusión de las pautas dictadas por la autoridad ambiental, el actor popular, como representante de la comunidad, la personería municipal de Tunja como representante del Ministerio publico y que sea quien lo presida. Este comité rendirá informes al despacho de forma semestral sobre los avances y detalles que vea en la obra y sobre el cumplimiento de lo dispuesto.

2.    Derecho colectivo vulnerado: El goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público.

Sustentación: Lo pretendido con la ejecución del contrato de obra 424 de 2010 y conforme a los pliegos de condiciones del proceso de selección contractual SI-AMT-030-2010, es los estudios, diseños y construcción del parque biblioteca metropolitano de Tunja, obra que obviamente hace parte de los bienes de uso publico, sin embargo son los humedales parte esencial del sostenimiento del equilibrio ambiental de la sociedad y hacen parte de esos bienes que deben ser públicos.

Sin embargo, pese a lo afirmado anteriormente, vamos a centrarnos en la característica de bien publico que tiene la obra contratada mediante el contrato 424 de 2010. La razón que se manifestó en el momento de la radicación de la acción popular que versaban sobre el punto, hace relación a que en su inicio se pretendía la construcción de una infraestructura en forma de “flor de loto”, característica que no obedecía a aspectos técnicos, según orientaciones que en su momento fueron suministrados por algunos ingenieros y arquitectos, como la entrada de luz, la acústica, accesibilidad, entre otros, el diseño que se tenía como previo y que sustento un proyecto como el que se abordó, no explicaba claramente el por qué se debía hacer de esa forma y que factores positivos iba a ofrecer, es claro que no se tenía un punto respecto a este tema.

Las condiciones iniciales que sustentaron este punto en la acción popular han cambiado, es claro que ahora que solo se puede construir en un 30% el diseño debe cambiarse, se hará un edificio con un diseño muchos más razonado, que obedezca, por lo menos de forma más fácil de explicar, el cumplimiento de los temas técnicos que deben cumplir edificios con esta destinación, es claro que el contratista y el municipio de Tunja, con las directrices que dictaron CORPOBOYACA, ajustaran los diseños para aprovechar el espacio construible y optimizar el proyecto de construcción.

Propuesta: A la par con la construcción de la obra establecida en el contrato 424 de 2010, el municipio de Tunja creara, aprobara y adelantara una política pedagógica encaminada la generación de una conciencia ciudadana entorno a la protección de los humedales y cárcavas en el municipio de Tunja, como bienes de especial protección de parte del Estado y dando a conocer pautas correctas para el uso de estos espacios naturales y garantizar que el goce de los mismos se haga en términos de buen uso sin que entren en conflicto con su destinación natural, CORPOBOYACA revisara dicho proyecto a fin de que aporte, corrija o avale desde el punto de vista técnico lo allí plasmado. El término para este punto será hasta la liquidación del contrato, a fin de que la política adoptada y el parque biblioteca tengan una relación fundamental en su existencia

3.    Derecho colectivo vulnerado: La defensa del patrimonio público.

Sustentación: Además de la defensa del medio ambiente por intermedio de esta acción popular, en su momento, preocupaba ampliamente del proyecto del parque biblioteca metropolitana, el tema presupuestal, en este aspecto se contenía no solo lo concerniente al costo que se estaba gastando, sino de aquel que se encontraba por ser ejecutado y del cual, a nuestro modo de ver, aun no se tiene claridad sobre el mismo, sin embargo este tema tiene una proyección a solucionarse, tal y como lo expresaremos a continuación.

El tema presupuestal, tema preocupante pues es el manejo de los recursos públicos, no era nada claro al momento de presentarse este proyecto del parque biblioteca, sin embargo, a raíz de los cambios que se han suscitado por las medidas adoptadas durante el transcurso del proceso, ya han tomado forma las inversiones que abastecen ese presupuesto. En primer lugar, cuando se realizo la licitación pública, se tenía como proyecto base, un diseño que involucraba la construcción de una infraestructura en forma de flor de loto, sin obedecer a parámetros claros de pertinencia de ese proyecto, ese diseño no dejaba entrever los parámetros usados para fijar el presupuesto, en parte porque como se contrato estudios, diseños y construcción, era muy difícil saber cómo iban a quedar las obras, que presupuesto real se requería y que se podía hacer y que no, pues estaba todo sujeto a los diseños, ahora con el concepto de CORPOBOYACA, con los parámetros fijados en los 25 puntos dictados por la autoridad ambiental y con la supervisión que se llegue a generar en el tema de comité de verificación, podremos conocer y participar en la ejecución de las obras, incluso, de ser necesario, puede plantearse unas adiciones al presupuesto y justificarse y sustentarse de forma razonada y argumentativa. Es claro, en este estado del proceso y de la etapa contractual, en que se van a invertir los recursos públicos, como se deben invertir y quizás lo más importante, en se van a invertir en razón de la protección ambiental.

Los puntos plasmados por CORPOBOYACA enmarcan de una forma más visible, parámetros bajo los cuales deben ceñirse los diseños y las bases de los estudios para la obra, esto facilita, a nuestro modo de ver, la labor del municipio de Tunja, como entidad contratante y del contratista, pues la solución de conflictos, la claridad del proyecto y la seguridad en la inversión presupuestal, lo anterior debido a que se tiene una certeza de lo que se debe hacer, a donde se encuentra encaminada dicha acción y que se pretende claramente con lo que se ejecuta.

El presupuesto futuro, segundo punto planteado en el escrito de demanda, se vislumbra más claro ahora este asunto. En primer lugar, como se manifestó, quizás erróneamente en la audiencia de pacto de cumplimiento al formular la posibilidad de modificar el objeto contractual, propuesta que no fue acogida y en la cual no se va a insistir por los problemas normativos que representa,  pero debe acotarse que existe una voluntad actual del municipio de Tunja por dotar dicho inmueble con puntos de internet y con salas de estudio, sin abandonar la idea de una biblioteca, esto quiere decir que se respeta el objeto contractual y que la obra se llevara a su culminación, en las condiciones que fueron establecidas por CORPOBOYACA.

Teniendo en cuenta las disposiciones establecidas en el proceso de acción popular, se debe procurar y de ser posible garantizar la culminación de la totalidad del proyecto, para no dejar obras inconclusas, que no presten ningún tipo de beneficio a la ciudadanía tunjana. Por lo que si bien el proyecto surgió con unas determinantes, las cuales fueron modificadas por los lineamientos impartidos por CORPOBOYACA, debe considerarse esta situación para que con los recursos asignados se termine la totalidad de las obras de parque y biblioteca; igualmente se identifique si es necesario algún tipo de adición presupuestal y se garantice su existencia para poder terminar y cumplir a cabalidad con el objeto del contrato.

A raíz de las decisiones que se han efectuado en el transcurso del proceso, de los ítems planteados por CORPOBOYACA como veedor y de las modificaciones que a la fecha se han introducido por el municipio de Tunja y el contratista, han disipado las dudas que existían sobre el tema presupuestal, la inversión que se va a realizar es a todas luces mucho más clara que la que se planteo en el año 2010 cuando se le dio inicio al proceso de contratación.

Debe seguirse con la ejecución contractual bajo las condiciones en que se encuentra a la fecha, esto debido a que con lo planteado por la autoridad ambiental, se busca establecer una obra que respete el humedal allí construido, pero también una obra mucho más razonable, con un propósito nuevo y real, al cual, en lo escuchado en varias manifestaciones de la administración municipal, el sentido dado al parque biblioteca que se pretende con la ejecución contractual, versa sobre un sentido de protección al agua y la generación de conciencia ciudadana en este aspecto, garantizando que la inversión de recursos económicos tiene una finalidad justificada, distanciándose del planteamiento inicial que no dejaba claro este punto.

Propuesta: Se propone para este punto que el contratista, una vez realizados los estudios y diseños definitivos, aprobados por la interventoria y el municipio de Tunja como contratista, ajustados a los 25 puntos expuestos por CORPOBOYACA, exponga de forma clara, concisa y precisa la ejecución de los dineros destinados al cumplimiento del contrato de obra 424 de 2010, lo anterior con el fin de que se establezca de forma clara como se va a ejecutar el mencionado presupuesto bajo los parámetros actuales y la situación actual del contrato. Lo anterior no se constituye en una prohibición para que, en caso de ser necesario y bajo los requisitos normativos exigidos, se presenten y avalen adiciones presupuestales la contrato, a fin de cumplir con el objeto contractual.

Una vez entregada la obra el municipio de Tunja en un plazo no mayor a seis (6) meses posteriores, realizara y entregara un informe sobre la forma en que va a dotar el inmueble construido y entregado, la procedencia de los recursos con los cuales se va realizar la dotación del mismo, el costo del mantenimiento, la viabilidad o no de incorporar al proyecto inicial de una biblioteca puntos digitales, otros usos para los espacios entregados o la necesidad de que el inmueble tenga un uso adicional o distinto al de biblioteca.

4.    Derecho colectivo vulnerado: La realización de Construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposiciones jurídicas, de manera ordenada y dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habitantes.

Sustentación: Los humedales requieren de una protección especial, no puede decirse que efectivamente allí esta prohibido construir, otra manifestación es que no debería, pero no puede desconocerse, como muy bien fue planteado en el informe técnico allegado al proceso de parte de las biólogas de CORPOBOYACA, que su protección abarca el hecho de que las construcciones tienen que seguir unos lineamientos específicos que permitan establecer un equilibrio entre la obra y la finalidad del humedal.

En el proceso de contratación que dio origen al contrato de obra 424 de 2010 esto no se tuvo en cuenta, en principio porque bajo las normas municipales este predio no se tenía proyectado como humedal, a pesar de que a todas luces, como sustentadamente lo manifestó CORPOBOYACA en el proceso, este cumple todos los criterios de humedal, otra cosa es que con el pasar del tiempo, debido a las múltiples obras ejecutadas allí y al erróneo trato que se le ha dado, se ha castigado al humedal y se le ha dejado en grave situación vital, afectando y poniendo riesgo la calidad de vida los habitantes de Tunja, pues se ha atacado fuertemente un sistema ambiental importante. Es evidente que por el desconocimiento que el municipio tiene de sus humedales, permitió la contratación de una obra en uno, sin el mínimo de requisitos necesarios para evitar su grave afectación, mucho más debe pasar con los constructores privados de la ciudad, sin embargo, es una situación que se puede remediar.

Es necesario que el municipio de Tunja tenga claridad de los predios que, dentro de su territorio, son humedales o están intrínsecamente ligados al sistema de aguas de la ciudad, además se necesita que el municipio fije para los constructores, tanto privados como contratistas del Estado, unos lineamientos claros para que sean acatados y tenidos en cuenta en la ejecución de un proyecto de obra.

Propuesta: El municipio de Tunja, en un término de un año y con la asistencia técnica de CORPOBOYACA estudiaran y localizaran los predios que tienen, dentro de su territorio, la calidad de humedal, una vez establecidos dictara normas de urbanismo y construcción tendientes a la protección de su naturaleza de humedales, para ello adelantara las gestiones administrativas a que haya lugar y que sean necesarias dentro del ordenamiento jurídico para que estas disposiciones sean de obligatorio acatamiento, protegiendo de esa los humedales y las reservas de agua de la ciudad.

5.    Derechos vulnerados: Moralidad administrativa.

Sustentación: Cabe recordar, que el derecho colectivo de la moralidad administrativa tiene tres elementos esenciales para su configuración, lo anterior debido a que el Consejo de Estado lo ha definido como una norma en blanco. En su momento la administración municipal de Tunja, desconoció la protección de los derechos e intereses colectivos, en especial el tema del patrimonio público, derecho colectivo sumamente conexo con la moralidad administrativa, lo anterior basado en que, como se menciono anteriormente, no existía claridad sobre la definición del presupuesto del contrato, pues los ítems contenidos en los pliegos de condiciones no eran claros, igualmente obedecía a que no se tenía una sustentación real que estableciera el por qué de una biblioteca y mucho menos de la dotación de 7000 ejemplares, igualmente a que se desconocía el derecho de protección a un medio ambiente, ocasionando un peligro a la viabilidad del proyecto.

Con los puntos que se expusieron como necesarios para el desarrollo del contrato de obra 424 de 2010, propuestos por CORPOBOYACA y con la aceptación de las propuestas anteriores se da solución al primero de los problemas que se planteaban, la concreción de los valores a obras y suministros necesarios para desarrollar un proyecto compatible con el medio ambiente, permite tener una claridad total sobre cómo se van a invertir dichos recursos y bajo que parámetros deben guiarse contratista y municipio. De poderse ejercer un control y una vigilancia real sobre este punto, como se propone en el numeral primero de este acápite, se tiene una mayor seguridad en la ejecución de los recursos financieros económicos.

Ahora bien, la viabilización de la posibilidad de que el municipio de Tunja realice estudios y se le conceda tiempos para aclarar como dotar y en qué forma dotar el inmueble que se construye, podemos garantizar que en el futuro las acciones que realice el municipio de Tunja, sobre el proyecto del parque biblioteca, tendrán una sustentación que genere en la comunidad una seguridad en la inversión que se realice, en que las obras que se contraten no terminen como un “elefante blanco”, como lo afirmo el Tribunal Administrativo de Boyacá en la confirmación de la medida cautelar, ese es el verdadero interés, esa posibilidad del peligro de terminar con un edificio, pero sin los recursos necesarios para dotarlo o ponerlo a funcionar, bajo un estricto control, posterior a la ejecución del contrato, en la forma como se efectué la dotación del oficio.

Con la expedición de la ley 1437 de 2011, se le otorgo al juez la posibilidad de tomar las decisiones que permitan cesar la vulneración o el peligro de los derechos colectivos. La moralidad administrativa es un derecho colectivo que tiene una calidad a su vez de principio, por esta razón no solo es susceptible de protección como derecho inalienable de una comunidad, es exigible como norma rectora y principio fundamental en el ejercicio de la administración estatal.

En el presente caso se estudiaba la posibilidad de una vulneración del derecho colectivo a la moralidad administrativa, derecho colectivo que, como se menciono anteriormente, requiere de la inclusión de varios factores, entre ellos unas normas vulneradas, la actuación burda contraria a la ley y finalmente el desconocimiento del interés general como norma de la administración. Al momento de presentar la demanda se estaban desconociendo normas rectoras de medio ambiente, presupuesto y planeación, pese a varias anotaciones realizadas en el proceso, lo que se encajaría dentro de los dos primeros elementos de la moralidad administrativa, sin embargo, el tercer elemento, el desconocimiento del interés general, no se encontraría probado hasta el momento y por el contrario lo que se ha buscado, a raíz de la nueva posición de la administración municipal y de las actuaciones del contratista, es claro que el interés general se salvaguarda mucho mas con la construcción de un parque y una biblioteca mucho mas garantista del interés general, pasare a explicar dicha afirmación.

Al inicio del proyecto, como ya lo hemos afirmado, el tema presupuestal fue una preocupación total, por su falta de planeación y lo poco realista del mismo con la obra, además de que no se contemplaba una real sustentación de cómo se iba a sostener en el futuro dicho proyecto, sin embargo esta situación ha cambiado, la reducción de las dimensiones del edificio, la realización de una obra más concordante con las necesidades de protección de las reservas verdes del municipio, de esa reducción del edificio y de la política nacional de ayudar a dotar puntos de internet, lo que facilita la claridad a futuro del proyecto en cuestión.

Con los puntos que se establecieron de parte de CORPOBOYACA, ente veedor en este proceso, se tiene una realidad mayor sobre cómo se pueden invertir los recursos públicos que se tienen destinados para el contrato 424 de 2010.

Todo lo anterior permite decir, en principio, que han desaparecido los elementos vulneradores del derecho colectivo a la moralidad administrativa, que el actuar del municipio de Tunja se ha encausado nuevamente en el principio rector de la moralidad administrativa y que las actuaciones, actualmente, son más claras y están encaminadas al interés general.

Propuesta: El municipio de Tunja, la interventoria y el contratista de forma semestral, hasta la liquidación del contrato de obra 424, informaran al comité de verificación como se ha invertido los recursos del contrato y el avance de las obras en cuestión.

Igualmente se aplicara la propuesta de pacto planteada en el numeral 3 del presente acápite.

Dejamos a consideración de las partes procesales las propuestas acá planteadas, esperando que sean acogidas y que con ellas se de protección real a los derechos colectivos involucrados, reiterando que, por ser un humedal el predio, es nuestro mayor deseo que el mismo se proteja, que se dicten disposiciones entorno a él y que sea el epicentro de una política real de conciencia ciudadana de protección al agua.

Agradecemos de antemano su atención y colaboración.

Cordialmente,





Pedro Pablo Salas Hernández                                    Lelian Stael Bareño Amézquita
C. C. 4.050.865 de Arcabuco                                       C. C. 1.049.610.971 de Tunja

Actor Popular                                                                  Coadyuvante

lunes, 26 de mayo de 2014

Polo democrático, agradece a sus electores


Polo Democrático Agradece a sus electores, se declara satisfecho con sus resultados e invita a los boyacenses a persistir en la necesidad de un cambio profundo.
Este 25 de mayo registra unos resultados históricos para la izquierda boyacense, cuando la candidatura presidencial de Clara López Obregón, obtuvo 84.610 votos con un segundo lugar, por encima de otras candidaturas, tradicionalmente mayoritarias. Ver resultados http://presidente2014.registraduria.gov.co/99PR1/DPR0700199_L1.htm
Agradecemos a los boyacenses que se han separado de las banderías tradicionales, por su respaldo y participación y registramos que dicho apoyo constituye un deber para nuestra dirección, partido y militancia, de procurar la mayor unidad de la izquierda democrática y de otros sectores, en búsqueda de alternativas para gobernación, alcaldías, asamblea y concejos a fin de que las propuestas de nuestro proyecto sean alternativas reales de poder en el departamento.
Merecen destacarse los resultados de Tunja,  Sogamoso, Duitama, Nobsa, Turmeque, Firavitoba, Monguí, Paz de Río y Motavita en donde logramos los mayores resultados y obtuvimos las primeras votaciones.  Los habitantes de Boyacá que han respaldado a la coalición de Clara López y Aída Avella nos obligan a mantener la propuesta de cambio profundo que hemos encarnado.
Gracias a todas y todos.  Continuaremos en la dirección señalada.
Tunja, 25 de mayo de 2014.
Comité Ejecutivo Departamental


martes, 13 de mayo de 2014

Porque respaldar a Clara López y Aida Avella en Boyacá


Clara Lopez y Aida Avella.
Formula Presidencial POLO DEMOCRATICO
¿Por qué un cambio de modelo podría ser muy útil para un departamento como Boyacá? . 
Esta razón categórica, es la que han levantado los campesinos como bandera en los recientes paros agrarios ¿estarán  equivocados los campesinos que piden renegociar los TLC?, este debate ha sido columna vertebral de la candidata Clara López y su fórmula vicepresidencial Aida Avella, estas dos mujeres están recorriendo el país, en una labor pedagógica, para explicar al colombiano y colombiana del común, porque en las condiciones de un país como Colombia, no puede haber estado de bienestar, o que garantice  derechos, sin que haya una reformulación del modelo económico y los TLC.

Aunque la discusión se centre en tema de política económica, no hay otro camino que permita abordar con honestidad y seriedad, el debate electoral en Colombia, la ruptura de la propuesta de Clara López  con las demás campañas, está centrada en este punto. No puede existir un avance en equidad, en devolverle los derechos de la salud a los colombianos, en hacer desde un nuevo modelo educativo la gran palanca transformadora del aparato productivo nacional, llevar al primer nivel las políticas industriales y agropecuarias, y desde allí utilizar todos los instrumentos y acciones del estado como políticas monetarias, crediticias fiscales y arancelarias, para recuperar la autonomía perdida, que tanto daño le está haciendo a la nación, si no es atreves  del cambio del modelo económico.

En esta discusión sobre un nuevo reparto en Colombia, están dadas las condiciones constituyentes de lo que hoy reclama el levantamiento social en Colombia, y que garantiza la materialización real de un proceso de paz. Desde un planteamiento centrado en la reformulación del papel del Estado, se busca universalizar el derecho a la salud, sin segregaciones, el derecho a una pensión para mayores de 65 años, levantar la bandera del mínimo vital, y desandar la privatización de los servicios públicos, que permitirá construir ciudades, justas con predominio de los social, sobre las rentas o monopolios naturales, le Estado haciéndose cargo de los sectores donde se garanticen los accesos sin exclusiones por razones económicas.

Tarjeton electoral 2014
El fundamento de la propuesta es que en Colombia, si existen los recursos, y como desarrollar, un cambio de la política, que beneficie  al 99.9%, de la población. Ningún candidato ha demostrado los “como”, del desarrollo de su propuestas electorales, lo que los convierte en candidatos del establecimiento acostumbrados a mentirle a la población, la diferencias que hace la candidata Clara Lopez, y Aida Avella es que lo han demostrado, y en el caso de Clara Lopez, lo demostró en seis meses como alcaldesa encargada de Bogota, para hacer realidad sus propuestas. 

Son estas entre  otras las razones nos llevan a invitarlos a la gira que adelantaran estas dos mujeres por el departamento de Boyacá, el próximo Viernes 16 de mayo por Sogamoso, Duitama y Tunja, para que escuchemos de su propia  voz, sus planteamientos frente a los que es su real posibilidad de llegar a la primera magistratura del país, la Presidencia de la República.