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domingo, 23 de diciembre de 2007

ACCION VEEDURIA CIUDADANA Y AMBIENTAL REGIONAL AL MACIZO DE IGUAQUE

COMUNICADO DICIEMBRE 20


LA VEEDURÍA CIUDADANA AMBIENTAL REGIONAL AL MACIZO DE IGUAQUE INFORMA A LA OPINIÓN PÚBLICA


Ordenan la demolición y traslado de la antena de MOVISTAR
El Municipio de Villa de Leyva, obligado a revocar la licencia de construcción correspondiente


En Noviembre de 2006 varios ciudadanos iniciaron una ACCION POPULAR contra la empresa TELEFONICA MOVILES DE COLOMBIA S. A. "Movistar" y el Municipio de Villa de Leyva. La acción estaba motivada por la construcción de una torre (antena) de telefonía móvil de 42 metros de altura de telefonía celular que viola la reglamentación del Plan Básico de Ordenamiento Territorial (PBOT).

La ACCION POPULAR se sustenta en el hecho de que Movistar y el Municipio infringe y transgrede derechos e intereses colectivos porque la antena de la discordia se construyó en la zona de amortiguación del Santuario de Fauna y Flora de Iguaque y contra la expresa prohibición contenida en el PBOT que señala una zona o polígono especialmente dispuesto para este tipo de antenas.

A pesar de esta reglamentación, el 25 de Agosto de 2006 la Secretaría de Planeación Municipal de Villa de Leyva expidió la Licencia de construcción No. 160.
El Juzgado 14 Administrativo del Circuito de Tunja acogió la demanda y profirió sentencia el 6 de diciembre de 2007, en los siguientes términos:

1. Declarar vulnerado el derecho colectivo contenido en el numeral m del artículo 4° de la ley 472 de 1998 por parte del Municipio de Villa de Leyva y la empresa Telefónica Móviles de Colombia S. A., conforme a lo expuesto en la parte motiva.

2. En consecuencia, ordenar al MUNICIPIO DE VILLA DE LEYVA, para que revoque los Actos Administrativos mediante los cuales se dio viabilidad y se concedió licencia de construcción para la instalación de la Estación Base de telefonía móvil celular, a Telefónica Móviles de Colombia S. A. "Movistar", para lo cual dispondrá de un plazo de diez (10) días calendario, contados desde el momento en que quede en firme esta providencia. Igualmente, expedirá el nuevo acto administrativo de licencia de construcción para la Instalación de la Estación Base de telefonía móvil celular a Telefónica Móviles de Colombia S. A. "Movistar", dentro del área del Polígono establecido para el efecto por el PBOT vigente del Municipio de Villa de Leyva, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos en el Dec.195/05.

3. Ordenar a la empresa TELEFONICA MOVILES DE COLOMBIA S. A. "Movistar", que disponga el retiro y demolición de las obras relacionadas con dicha estación, a efecto de ser trasladadas al polígono determinado para tal fin en el PBOT de Villa de Leyva, previo el trámite administrativo correspondiente a la nueva ubicación, para lo cual contará con un plazo no mayor de noventa (90) días calendario, contados desde el momento en que quede en firme esta providencia.


Esto demuestra que la ciudadanía organizada puede defender sus derechos y exigir a las autoridades -qué ironía - el cumplimiento de la ley.

Enviado por: Diego Arango

1 comentario:

  1. Es un ejemplo de la lucha por la soberania territorial y contra la recolonización española

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