Valiéndome del legitimo derecho que consagra la constitución nacional, articulo 23 y 74, y en uso de la ley 136 del 94, que establece el derecho de los concejales a ser informados en el marco de nuestra labor de control político, me fueron negados los documentos que contienen los estudios que presento el municipio de Tunja, y la empresa Servitunja, para que le fueran ampliados por 45 años la licencia ambiental para construir un relleno sanitario regional., incorporando entre otros elementos la construcción de una planta de incineración de residuos tóxicos peligrosos.
Arguyendo propiedad intelectual, y reserva de información el señor director de Corpoboyaca, Miguel Arturo Rodríguez, obstruye el derecho a conocer los alcances de la licencia ambiental, entregada a la empresa Servitunja. Sin embrago el próximo sábado 28 de noviembre de 2010, socializaran con los habitantes de Pirgua, autoridades, habitantes del municipio de Oicata, las bondades de construir el relleno Sanitario llamado “Parque Ecológico de Pirgua”, grave contradicción y ocultamiento de las verdaderas consecuencias de lo que allí se piensa ejecutar sin que la opinión pública hubiese podido participar, como lo consagra la ley 99 del 1993.
Advierto a las comunidades urbanas y rurales del sector que no se firmen documentaciones que validen el acto como socialización, ya que lo licenciado es ya una acción irrevocable según el Director de Corpoboyaca.
Arguyendo propiedad intelectual, y reserva de información el señor director de Corpoboyaca, Miguel Arturo Rodríguez, obstruye el derecho a conocer los alcances de la licencia ambiental, entregada a la empresa Servitunja. Sin embrago el próximo sábado 28 de noviembre de 2010, socializaran con los habitantes de Pirgua, autoridades, habitantes del municipio de Oicata, las bondades de construir el relleno Sanitario llamado “Parque Ecológico de Pirgua”, grave contradicción y ocultamiento de las verdaderas consecuencias de lo que allí se piensa ejecutar sin que la opinión pública hubiese podido participar, como lo consagra la ley 99 del 1993.
Advierto a las comunidades urbanas y rurales del sector que no se firmen documentaciones que validen el acto como socialización, ya que lo licenciado es ya una acción irrevocable según el Director de Corpoboyaca.
PEDRO PABLO SALAS HERNANDEZ
Debemos estar atentos honorable concejal, pues esta semana se vence el plazo para presentar la demanda de nulidad y restablecimiento por parte del Gerente del Matadero contra la resolución expedida por Corpoboyaca que generó el cierre definitivo, y en la que se debe solicitar la suspensión provisional de la resolución, OJALA PUEDA SER QUE EL ALCALDE AUTORICE LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA Y NO LA DEJEN CADUCAR... es la ultima oportunidad para los tunjanos que siga funcionando la plata de beneficio aunque sea un año mas, vencidos los cuatro meses no hay nada que hacer...
ResponderEliminarAtetntamente, Milena Reyes ortiz