Obras 2007, Parque del Bosque de la Republica sin terminar |
El Tribunal administrativo de Boyacá declara la nulidad de la acción popular que busca dejar sin efectos el acuerdo 018 de 2009, por medio del cual autoriza al Alcalde de Tunja para realizar operaciones de crédito Publico hasta por la suma de treinta y cinco mil millones de pesos ($35.000.000.000.oo).
Según la decisión de los honorables magistrados, la Juez en primera instancia se equivoco al no vincular al Banco Agrario de Colombia, con intereses dentro del proceso de la Acción popular, como tercero afectado dentro de la demanda. Por consiguiente ordenan “El juez en primera instancia, deberá hacer uso de los mecanismos que la ley procesal dispone como medidas de saneamiento, para poner en conocimiento el vicio por falta de notificación personal (causal 9, articulo140 C.P.C), al Banco Agrario de Colombia".
De esta manera se devuelve al proceso, a la primera instancia, a partir del auto del 28 de junio de 2010, antes del cierre de la etapa probatoria, para que se notifique al Banco Agrario; lo que deja anulado lo actuado posterior a esta fecha.
Como actor popular debo aclarar, que no se controvierten los magistrados los argumentos de fondo en la demanda, como es el que se encuentran amenazados los derechos colectivos de los tunjanos, en el mismo sentido el patrimonio público, y la moralidad administrativa, lo que me lleva solicitar respetuosamente a la señora Juez que acatando la voluntad de los señores magistrados, se proceda igualmente a declarar las medidas cautelares solicitadas por la demanda y se suspendan de manera inmediata nuevos desembolsos del Banco Agrario Colombia al Municipio de Tunja.
PEDRO PABLO SALAS HERNANDEZ
CONCEJAL PDA DE TUNJA
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